domingo, 5 de junio de 2011

Historia de A.D.E.E.I. Filial chaco


Historia
La Institución Asociación para el Desarrollo de la Educación Especial y la Integración -A.D.E.E.I. Filial Chaco- estaba ubicado en Posadas 34 de la ciudad de Resistencia, Departamento San Fernando, provincia del Chaco. En el año 2005 se traslada a la calle Obligado 330 de la mencionada ciudad.





A.D.E.E.I.

Asociación Civil para el Desarrollo de la Educación Especial y la Integración, es una ONG, (asociación civil) sin fines de lucro, cuya prioridad es “desarrollar acciones a favor de las personas con discapacidad a partir de una respuesta integradora para su inclusión escolar, laboral y social”.

Creada por Graciela Ricci y Ana Brusco el 13 de julio de 1994, orientada por el propósito general  de:
  • Divulgar los alcances de la Educación Especial y de la Integración Escolar,
  •  Realizar investigaciones y actividades de capacitación sobre esta temática, en forma conjunta con otras instituciones nacionales e internacionales,
  •  Brindar  asesoramiento a padres, familiares y a las mismas personas portadoras de discapacidad, lo cual ha sido y es una prestación continua y gratuita, sin límite en su radio de acción.

Desde 1998 y a fin de dar respuesta a la demanda creciente y sostenida de padres y profesionales, ADEEI formaliza la creación de un Equipo de Apoyo a la Integración Escolar para niños y jóvenes con necesidades educativas especiales en todos los niveles del Sistema Educativo, lo que se constituye en ese momento, en su principal motor.
Fue creciendo con los años, ajustándose a las políticas educativas vigentes. Aparecieron nuevas inquietudes, nuevas necesidades, siempre tratando de satisfacer demandas reales.
Hoy ADEEI es un Centro de Integración Escolar, Social y Laboral, con sus tres grandes áreas y seis departamentos de servicios complementarios.
Cuenta con un Comité Científico de asesores de reconocida trayectoria y un equipo técnico profesional integrado por todas las especialidades relacionadas con su quehacer.


*A.D.E.E.I. Filial Chaco


En el año 2003 A.D.E.E.I. define extender sus servicios hacia la Región N.E.A., para lo cual crea su primera filial, fijando su sede en la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, la cual mantiene los lineamentos generales de la Asociación, adecuándolos a las necesidades del nuevo contexto.
La acción de A.D.E.E.I. Filial Chaco se basa en los siguientes

*Objetivos de A.D.E.E.I. Filial Chaco


*Evaluar a niños y jóvenes con necesidades educativas especiales.
*Seleccionar el recurso institucional, público o privado, que posibilite una derivación institucional adecuada.
*Apoyar el proceso de integración escolar y de formación laboral integrada.
*Asesorar a las instituciones educativas en el proceso integrador.
*Orientar y apoyar a las familias.
*Reorientar ante situaciones educativas que reciban prestaciones.
*Brindar prestaciones de apoyo a las distintas áreas.
*Supervisar instituciones educativas y procesos de integración escolar.
*Orientar a servicios educativos e instituciones comunitarias para la atención de la diversidad.
*Capacitar recursos humanos con distintas modalidades: presencial, semipresencial y a distancia.
*Asesorar a obras sociales en  temas referidos a  prestaciones educativas, a  fin de evitar cronificaciones y reorientar situaciones que ya están en el sistema educativo.

De esta forma se trata que la persona con necesidades especiales logre el mayor nivel de autonomía y realización personal posible que le permita su integración educativa, laboral y social.

*Organización y caracterización de los servicios

          A.D.E.E.I. Filial Chaco realiza sus acciones a través de los siguientes Departamentos:
*Departamento de Atención Interdisciplinaria.




La Institución se sustenta y rige por las siguientes declaraciones  y normativas:
·         Constitución Nacional y  Provincial.
·         Declaración Universal de “Los Derechos Humanos”, Naciones Unidas, 1948.
·        Declaración de los “Derechos del Niño”,1959.
·        Informe Warnock, 1978.
·        Programa de Acción Mundial para personas con discapacidad. Naciones Unidas, 1982.
·        Convención sobre los “Derechos del Niño” UNICEF, 1989.
·        Declaración Mundial “Educación para Todos y Marco de Referencia para la acción encaminada a lograr la satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje”, Jomtiem, Tahilandia, 1990.
·        Informe AINSCOW, UNESCO, 1990.
·        Conferencia Mundial sobre “Derechos Humanos”, Viena, 1993.
·        Normas Uniformes de Las Naciones Unidas para la Igualdad de Oportunidades, 1993.
·        Conferencia Mundial sobre “Necesidades Especiales”, Salamanca, España, 1994.
·        Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 1995.
·        Compromiso de Panamá con las Personas con Discapacidad, 1996.
·        Reunión de Ministros de Educación de América Latina y El Caribe, 1996.
·        Foro de Educación Mundial sobre educación para todos, Dakar, Senegal, 2000.
·        Ley Nacional Nº 24.195 “Ley Federal de Educación”.
·        Ley Nacional Nº 22.431 “Sistema de Protección  Integral a  las Personas con Discapacidad”.
·        Ley Nacional Nº 24.901 “Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación  Integral a favor de las Personas con Discapacidad”.
·        Decreto Nº 762/97 P.E.N. “Sistema Único de Prestaciones Básicas para la Persona con Discapacidad”.
·        Resolución Nº 428/99 MS y AS “Nomenclador de Prestaciones Básicas”
·        Ley Nacional Nº 23.592 “Antidiscriminación”.
·        Documento Nueva Escuela: “Nuevas Perspectivas en Educación Especial” -M. C. y E.-, Buenos Aires, 1994.
·        Ley  Nacional Nº 24.452 “Ley de Cheque”.
·        Decreto Nº 155/96 P.E.N., Decreto 555/97 P.E.N. y Programas de Promoción de la Integración a la Escolaridad Común” y de “Transporte Institucional”.
·        Ley Nacional Nº 23.462 “Readaptación Profesional y el Empleo para las Personas Inválidas. 
·        Decreto Nº 340/92 P.E.N. “Pasantías “.
·        Resolución Nº 87/98 C.F. C. Y E. “Acuerdo Federal para la Transformación de la Educación Especial - Serie A 19”
·        Constitución de la Provincia del Chaco.
·        Ley Nº 4.449 “Ley General de Educación Provincial”.
·        Decreto Nº 2.780/98 “Reglamento de la Ley General de Educación Provincial”.
·        Ley Provincial Nº 3.208 “Sistema de Protección Integral a las Personas con Discapacidad”, en el marco de la Ley Nacional Nº 22.431
·        Decreto Nº 672 P.E.P. ‘Reglamento de la Ley Provincial Nº 3.208”.
·        Resolución Nº 938/98 -M.E.C.C. y T.- “Programa Provincial de Integración Escolar”.
·        Resolución Nº 2.736/98 -M.E.C.C. y T- “Servicio de Orientación y Apoyo para la Integración de Niños y Jóvenes con Necesidades Educativas Especiales”.
·        Resolución Nº 340/99 -M.E.C.C. y T- “Funciones de los Equipos de Apoyo a la Integración Escolar”.
·        Resolución Nº 1.304/99 y modificatoria Nº 1.406/02  -M.E.C.C. y T- “Evaluación, Acreditación y Promoción de los alumnos en todos los niveles del Sistema Educativo”.
·        Resolución Nº 2.642/00 -M.E.C.C. y T- Modifica parcialmente el Anexo 5to de la Resolución Nº 1.304/99 -M.E.C.C. y T-. Resolución Nº 411/02 -M.E.C.C. y T-. “Certificación de Estudio para Alumnos con Necesidades Educativas Especiales que se encuentran en Procesos de Integración Escolar”.
·        Resolución Nº 999/03  -M.E.C.C. y T- “Convenio Marco de Pasantías Laborales”.
·        Disposición Nº 040/02 -S.E.- “Referencias e Ideas Básicas para Orientar los Procesos de Integración Escolar”.
·        Nota Múltiple Conjunta Nº 001/99 - D.N. y R.- “Pautas para el  Accionar de las Unidades Educativas de acuerdo al Programa Provincial de Integración Escolar”.

principios: 

*Principio de igualdad de oportunidades: toda persona debe tener acceso a servicios y oportunidades que mejoren su desarrollo, autonomía, independencia, productividad, bienestar y capacidades para las interacciones con otros. Frente a las desventajas en el acceso a dichas oportunidades, la equiparación de las mismas trata de restablecer la equidad mediante apoyos complementarios y la eliminación de aquellos obstáculos limitantes o excluyentes.
*Principio de integración: toda persona debe tener acceso a los ambientes físicos y sociales culturalmente normalizadores y menos restrictivos.
    
*Principio de normalización: toda persona debe alcanzar formas de vida y condiciones de existencia cotidianas tan cercanas como sean posible a las circunstancias y género de vida de la sociedad a la cual pertenece.
    
*Principio de interacción: los servicios a las personas deben ser provistos, tanto como sea posible, en lugares que estén integrados en la comunidad y que promuevan la interacción con los miembros de la familia, amigos, y otras personas con y sin deficiencias.
    
*Principio de elección: toda persona tiene el derecho a elegir los servicios disponibles en la comunidad que respondan a sus necesidades.
    
*Principio de accesibilidad y desarrollo: todas las personas tienen el derecho a la equiparación de oportunidades mediante el cual el sistema general de la sociedad, tal como el medio físico y cultural, la vivienda y el transporte, los servicios sociales y sanitarios, las oportunidades de educación y trabajo, la vida cultural y social, incluidas las instalaciones deportivas y de recreo se hace accesible para todos.
    

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